miércoles, 30 de abril de 2008

Renovar el hardware y software de la empresa

El instituto de crédito oficial (ICO) a través de su línea ICO-Avanza destina un préstamo para pequeñas y medianas empresas que no dispongan de conexión a Internet de banda ancha y realicen un equipamiento para conectarse mediante banda ancha, así como para empresas que disponiendo de conexión realicen una inversión en hardware y software destinada a mejorar sus procesos empresariales o a implantar el negocio o factura electrónica.

La línea ICO-Avanza destina 952 millones de euros hasta el 31 de diciembre de 2010 y se financiará el 100% de la inversión hasta un máximo de 50.000 € a 36 meses con un tipo de interés al 0%.

Asimismo, el plan Avanza destina otras líneas de ayudas a jóvenes universitarios hasta 30 años y un préstamo llamado de la ciudadanía digital destinados a la adquisición de nuevos ordenadores con capacidad de conexión a Internet.

Más información en www.ico.es

viernes, 25 de abril de 2008

Nueva versión de Ubuntu 8.04 LTS

Se acaba de liberar la nueva versión de la plataforma Linux Ubuntu 8.0.4 LTS (Long-Term Support) en versiones desktop y server que serán mantenidas durante 3 y 5 años respectivamente, así como una reestructuración de Edubuntu (Ubuntu edición para educación).

Página oficial www.ubuntu.com

Obtener Ubuntu: http://www.ubuntu.com/getubuntu

Edubuntu:http://www.edubuntu.org/news/8.04-release

Para actualizar desde la versión 7.10:http://www.ubuntu.com/getubuntu/upgrading

lunes, 7 de abril de 2008

Iniciativa neotec para la creación de empresas con base tecnológica

Iniciativa Neotec de apoyo a la creación de empresas de base tecnológica: idea empresarial


Acciones subvencionables:

Ayudas para:

Apoyo para la creación de empresas de base tecnológica en España, mediante el asesoramiento al emprendedor en la fase que abarca desde el nacimiento de la idea empresarial hasta la creación de la propia empresa.

El asesoramiento se presta en tres ámbitos: general (atención a consultas relacionadas con la creación de empresas de base tecnológica), específico (formación y asesoramiento en gestión empresarial y en la preparación de los planes de negocio) y territorial (consiste en poner en contacto a los emprendedores con entidades y organismos que apoyen sus proyectos).

Tipo de subvención:

Asistencia no financiera. La ayuda consiste en el asesoramiento y formación para la puesta en marcha de la empresa tecnológica, en caso de que el estudio de la viabilidad del proyecto empresarial y el grado de novedad del desarrollo técnico propuesto arroje una evaluación positiva.

BENEFICIARIOS:

Equipos emprendedores pluridisciplinares que vayan a desarrollar un proyecto empresarial tecnológico.

Más información en www.cdti.es

Línea AvalMadrid para Autónomos

Línea AvalMadrid: autónomos

Fecha límite: el plazo de solicitud estará abierto según la disponibilidad de fondos

Acciones subvencionables:

Ayudas para facilitar el acceso a una financiación preferente a bajo coste y largo plazo, a todos los autónomos empresarios individuales.

Tipo de subvención:

- Garantías/Avales.

- Anticipos reembolsables y préstamos

Gastos subvencionables:

Serán subvencionables:

- inversiones en activo fijo material e inmaterial

- inversiones en activo circulante vinculado a activo fijo.

Condiciones de préstamo:

Tendrá una comisión de apertura del 0,5%; un plazo de amortización de hasta 10 años, leasing hasta 5 años y crédito hasta 3 años; las participaciones sociales será del 1% (recuperable a la cancelación de la operación).

BENEFICIARIOS:

Empresarios individuales y/o autónomos.

Visto en www.avalmadrid.es

Ayudas a microempresas en Castilla La Mancha

Período 2007-2013

Ayudas a la inversión de microempresas: Castilla La Mancha

Fecha límite: 30/06/2008

Tipo de subvención:

Subvención a fondo perdido

Ayuda máxima: 30%

Gastos subvencionables:

Serán subvencionables: obra civil; adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje; elementos de transporte internos; mobiliarios y enseres; equipos para procesos de información.

NO serán subvencionables: gastos financieros; reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones; circulante; IVA; otros impuestos o tasas; gastos notariales, de registro y otros de naturaleza similar.

BENEFICIARIOS: Microempresas

REESTRICCIONES:

Quedan excluidas las siguientes actividades: actividades de promoción de vivienda o suelo, construcción; empresas y asociaciones financieras, consultoría, gestorías y asesorías jurídicas, fiscales, laborales y contables; industrias y actividades agrarias y alimentarias; empresas o actividades sanitarias y veterinarias; restaurantes, alojamientos turísticos, cafés, bares, salas de fiesta, clubes y similares; educación; empresas de trabajo temporal; intermediarios; actividades de alquiler; empresas de investigación y seguridad; estancos y establecimientos de juego, loterías y apuestas; empresas y asociaciones que realicen actividades en sectores regidos por una regulación comunitaria específica.

Información adicional: estas ayudas están sometidas a la norma de mínimis.


Visto en www.microsoft.com


Programa Innoemepresa de apoyo a la innovación de las pymes

Acciones subvencionables para:


1.- innovación organizativa y gestión avanzada: 1.1 apoyo a proyecto de nuevos modelos empresariales innovadores; 1.2 apoyo a diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos; 1.3 apoyo a la incorporación de diseño de producto.

2.- innovación tecnológica y calidad: 2.1 planes de mejora tecnológica; 2.2 proyectos de desarrollo tecnológico aplicado; 2.3 implantación y certificación tecnológica con las normas UNE 166.001 y UNE 166.002; 2.4 implantación y certificación de gestión medioambiental con las normas UNE-EN-ISO 14001 y UNE-EN-ISO 9001.

3.- proyectos de innovación en colaboración: 3.1 proyectos integrados de gestión logística; 3.2 identificación de necesidades tecnológicas.

Tipo de subvención:

Subvención a fondo perdido

Ayuda máxima: 100,00 %

Gastos subvencionables:

Serán subvencionables: inversiones materiales o inmateriales, elementos informáticos; gastos de personal técnico del proyecto; colaboraciones externas (asistencia a viajes, gastos de consultoría, tutorización); viajes interurbanos y alojamiento; el IVA o equivalente; gastos generales que no supongan el 10% del gasto subvencionable.

NO serán subvencionables: adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, los medios de transporte y el equipamiento de oficina; servicios que constituyan una actividad permanente o periódica y que estén relacionados con los gastos de funcionamiento normales de la empresa.

BENEFICIARIOS:

Organismos intermedios (ej. asociaciones, federaciones, colegios oficiales, centros, etc.) y pequeñas y medianas empresas (pymes).

CUANTIA:

El porcentaje máximo reflejado es un límite general por proyecto.

Estas ayudas serán de aplicación en las diferentes Comunidades Autónomas. Las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Las ayudas tienen vigencia para el período 2007-2013.

Y en Andalucía con fecha límite 30/12/2009


Acciones subvencionables :

1. Innovación organizativa y gestión avanzada:

1.1 apoyo a proyecto de nuevos modelos empresariales innovadores.

1.2 apoyo a diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos.

1.3 apoyo a la incorporación de diseño de producto.

2. Innovación tecnológica y calidad:

2.1 planes de mejora tecnológica.

2.2 proyectos de desarrollo tecnológico aplicado.

2.3 implantación y certificación tecnológica con las normas UNE 166.001 y UNE 166.002.

2.4 implantación y certificación de gestión medioambiental con las normas UNE-EN-ISO 14001 y UNE-EN-ISO 9001.

3. Proyectos de innovación en colaboración

3.1 proyectos integrados de gestión logística.

3.2 identificación de necesidades tecnológicas.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Ayuda máxima: 50%

Gastos subvencionables:

Serán subvencionables:

- para organismos intermedios: inversiones materiales o inmateriales; gastos de personal técnico del proyecto; colaboraciones externas; viajes interurbanos y alojamiento; el IVA o equivalente; gastos generales que no supongan el 10% del gasto subvencionable.

- para pymes: inversiones materiales o inmateriales; gastos de personal técnico; colaboraciones externas.

NO serán subvencionables:

Adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, los medios de transporte y el equipamiento de oficina; servicios que constituyan una actividad permanente o periódica y que estén relacionados con los gastos de funcionamiento normales de la empresa.

BENEFICIARIOS:

Pequeñas y medianas empresas (pymes) y los organismos intermedios.

Compatibilidad:

Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra para la misma finalidad.



visto en: www.microsoft.com

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